Conferencia: Disponibilidad de la vida. Eutanasia a debate

Evento

Título:
Conferencia: Disponibilidad de la vida. Eutanasia a debate
Cuándo:
Mar, 2. Diciembre 2014, 19:00 h - 21:00 h
Dónde:
Centro 21 Marzo - Factoría Cultural Salón de Actos - Tres Cantos, Madrid
Categorías:
Historia y sociedad, Conferencias, Vídeo
Conferencia: Disponibilidad de la vida. Eutanasia a debate


Información del ponente

Nombre:
Luis Montes Mieza
Posición:
Médico Anestesista. Presidente Federal de la Asociación Derecho a Morir Dignamente

Descripción del evento

Etimológicamente el término de eutanasia sólo significa «buena muerte» y, en este sentido etimológico, vendría a resumir de excelente manera el ideal de la muerte digna. Sin embargo, esta palabra se ha ido cargando de numerosos significados y adherencias emocionales, que la han vuelto imprecisa y necesitada de una nueva definición.

Para deslindar sus diversos significados se han introducido adjetivos como «activa», «pasiva», «directa», «indirecta», «voluntaria» o «involuntaria». El resultado final ha sido que la confusión entre la ciudadanía, profesionales sanitarios, los medios de comunicación y, aun, los expertos en bioética o en derecho, no ha hecho sino aumentar. Como un intento de delimitar el significado de la palabra eutanasia existe hoy en día una tendencia creciente a considerar solo como tal las actuaciones que:

a) producen la muerte de los pacientes, es decir, que la causan de forma directa e intencionada mediante una relación causa-efecto única e inmediata.

b) se realizan a petición expresa, reiterada en el tiempo, e informada de los pacientes en situación de capacidad.

c) se realizan en un contexto de sufrimiento debido a una enfermedad incurable que los pacientes experimentan como inaceptable y que no ha podido ser mitigado por otros medios, por ejemplo, mediante cuidados paliativos.

d) son realizadas por profesionales sanitarios que conocen a los pacientes y mantienen con ellos una relación clínica significativa. De acuerdo con estos criterios, las actuaciones que no encajen en los supuestos anteriores no deberían ser etiquetadas como «eutanasia». El Código Penal vigente no utiliza este término, pero su artículo 143.4 incluye la situación expuesta mediante un subtipo privilegiado para una forma de auxilio o inducción al suicidio.